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Normas Oficiales Mexicanas | Gas L.P.

Conoce las Normas Oficiales NOM

Instalaciones de Aprovechamiento de Gas L.P., Diseño y Construcción

Objetivo y Campo de Aplicación

La NOM-004 establece dentro de la República Mexicana las especificaciones técnicas mínimas de seguridad para el Diseño, Construcción y Modificación de las Instalaciones Fijas y Permanentes de Aprovechamiento de Gas L.P.; así como el procedimiento para la evaluación de la conformidad.

En instalaciones que reciben Gas L.P. proveniente de una Red de Distribución, esta NOM-004 aplica a partir del medidor del usuario.

La NOM-004 no aplica a Instalaciones Temporales realizadas con fines de demostración.

Instalación de Aprovechamiento para Gas L.P. (IAGLP)

Sistema formado por dispositivos para recibir y/o almacenar Gas L.P., regular su presión, conducirlo hasta los aparatos de consumo, dirigir y/o controlar su flujo y, en su caso, efectuar su vaporización artificial y medición, con objeto de aprovecharlo en condiciones controladas. El sistema inicia en el punto de abasto y termina en los aparatos de consumo. Para efectos de lo anterior, por punto de abasto se entiende el punto de la instalación de aprovechamiento donde se recibe el Gas L.P., o la salida del medidor volumétrico que registra el consumo.

Equipos de carburación de Gas L.P. en motores de combustión interna. Instalación y mantenimiento

Objetivo y Campo de Aplicación

La NOM-005 establece los requisitos mínimos de Seguridad, Especificaciones y Métodos de prueba que deben cumplir los Reguladores y/o Reguladores-vaporizadores utilizados en los equipos de carburación que utilizan Gas L.P.

Esta NOM contempla los requisitos técnicos de seguridad de los equipos de carburación instalados en vehículos automotores de combustión interna y motores estacionarios de combustión interna. Asimismo quedan comprendidos los sistemas automotrices a Gas L.P. en fase vapor operados con vaporizador, ya sea con mezclador o inyectores, así como también sistemas en fase líquida operados con bomba e inyectores. De igual forma se establece el procedimiento para la evaluación de la conformidad.

Vehículos para el transporte y distribución de Gas L.P. Condiciones de Seguridad, Operación y Mantenimiento

Objetivo y Campo de Aplicación

La NOM-007-SESH establece las condiciones mínimas de Seguridad, Operación y Mantenimiento que se deben cumplir en lo que refiere al Uso de Vehículos para el Transporte y Distribución de Gas Licuado de Petróleo.

La NOM-007-SESH aplica a los siguientes tipos de vehículos:

a) Semirremolques

b) Auto-tanques de distribución

c) Auto-tanques de transporte

d) Vehículos de reparto

truck

Evaluación de espesores mediante medición ultrasónica usando el método de pulso- eco, para la Verificación de Recipientes tipo no portátil para contener Gas L.P., en uso.

Objetivo y Campo de Aplicación

La NOM-013 establece los métodos para la Medición por Ultrasonido y para la Evaluación de los Espesores de la Sección Cilíndrica y Casquetes de los Recipientes tipo no portátil destinados a contener Gas L.P., en uso, así como el procedimiento de la evaluación de la conformidad correspondiente.

Espesor de diseño

El espesor calculado por medio de las fórmulas aplicables establecidas en las normas oficiales mexicanas relativas a la fabricación de recipientes tipo no portátil para contener Gas L.P.

Equipo ultrasónico

Es el aparato que realiza las funciones de Generar, Transmitir, Recibir, Medir la amplitud y Determinar el tiempo de los pulsos eléctricos.

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